VIGILADO · Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

Guía

Cambiar de empresa de vigilancia: primero, cierre bien el contrato actual

Qué revisar antes de comprometer a la copropiedad con una nueva empresa.

Cuando la vigilancia deja de responder a lo que el conjunto necesita, la tentación es firmar cuanto antes con otra empresa. Pero el orden importa: si la copropiedad se compromete con una nueva antes de terminar en debida forma el contrato vigente, puede exponerse a un riesgo jurídico y económico. Esta guía es breve a propósito, porque cada contrato y cada reglamento son distintos. La terminación debe revisarla un abogado especializado.

Revise el contrato vigente con un abogado

Antes de anunciar el cambio, el administrador y el consejo deberían pedir asesoría jurídica sobre el contrato actual: cuánto dura y cómo se prorroga, qué preaviso exige para terminarlo, qué causales de terminación anticipada contempla y qué penalidades o indemnizaciones pacta. Con ese concepto en la mano se decide cuándo y cómo terminarlo, y desde qué fecha puede empezar la nueva empresa.

Quién decide: revise el reglamento

La Ley 675 de 2001 hace del administrador el representante legal de la copropiedad. Los actos y contratos que celebra se radican en la persona jurídica siempre que se ajusten a las normas legales y reglamentarias (art. 50). Los actos de administración, conservación y disposición de los bienes comunes los ejecuta conforme a las facultades y restricciones fijadas en el reglamento (art. 51, num. 7). Al consejo, donde existe, le corresponde tomar las determinaciones necesarias para que la copropiedad cumpla sus fines, de acuerdo con el reglamento (art. 55).

Conviene entonces revisar en el reglamento quién aprueba la terminación del contrato actual y la nueva contratación, y dejar constancia de esas decisiones en actas.

La licencia de la nueva empresa

Los servicios de vigilancia y seguridad privada solo pueden prestarse con licencia o credencial de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada (Decreto Ley 356 de 1994, arts. 2 y 3). Quien contrate con una empresa sin licencia de funcionamiento, o con la licencia vencida, se expone a una multa de 20 a 40 salarios mínimos legales mensuales, que impone la Superintendencia (art. 91). Cómo comprobarla lo explicamos en nuestra guía Cómo elegir empresa de vigilancia.

¿Y los guardas que hoy cuidan el conjunto?

En Seguridad ROHEN, los guardas que hoy prestan el servicio en su copropiedad pueden continuar con nosotros si cumplen nuestro perfil y aprueban el proceso de ingreso, que incluye verificación de antecedentes, curso de vigilancia vigente, referencias, pruebas psicotécnicas, examen médico y capacitación. Quienes lo aprueban quedan contratados por ROHEN, como todo nuestro personal: no tercerizamos el personal de vigilancia.

Cómo empezamos

Primero hacemos una visita técnica sin costo y, entre 2 y 5 días hábiles después, le enviamos la propuesta. Una vez cumplidos los requisitos, la vigilancia fija se puede instalar en 48 horas. Al iniciar la vigilancia fija, la copropiedad recibe un estudio de vulnerabilidades y riesgos, y más adelante informes periódicos de seguridad y de novedades. Además, cada mes, junto con la factura, la administración recibe el soporte de pago de la seguridad social del personal asignado a su contrato.

Preguntas frecuentes

¿Podemos firmar con la nueva empresa mientras termina el contrato actual?

Depende de lo que diga el contrato vigente. Antes de fijar la fecha de inicio del nuevo servicio, confirme con su abogado desde cuándo queda terminado el actual.

¿Los guardas actuales pueden seguir con ROHEN?

Sí, si cumplen nuestro perfil y aprueban las pruebas y la capacitación. En ese caso quedan contratados por ROHEN.

¿Cuánto tarda en empezar el servicio?

Una vez cumplidos los requisitos, la vigilancia fija se puede instalar en 48 horas. La fecha de inicio conviene fijarla cuando su abogado confirme que el contrato actual terminó.

Para pedir una cotización

Seguridad ROHEN Ltda. atiende copropiedades en Bogotá, Cundinamarca, Cali y el Valle del Cauca. Puede solicitar una visita técnica sin costo y una cotización en seguridadrohen.com.co o llamar al PBX (+57) 601 746 3098 (Bogotá) o (+57) 602 324 5039 (Cali).

Nota informativa: este contenido es informativo y no constituye asesoría legal. La terminación de un contrato y la nueva contratación deben revisarse con un abogado especializado y según el reglamento de su copropiedad.

Texto revisado el 13 de octubre de 2026.

Fuentes

Trabaje con nosotros